Conoce tus Derechos en la Universidad.
Para estudiantes LGBT.
!Tienes Derechos!
Las universidades publicas y privadas: Generalmente las universidades publicas ofrecen mas protección legales, pero no es necesariamente cierto que no tengas opciones en una universidad privada- depende de la situación, la ley estatal y el tipo de financiamiento que tu institución recibe. Ponte en contacto con nosotros! Te ayudaremos a resolverlo!
La libertad de expresión: La primera enmienda protege muchas libertades en las universidades publicas, tales como el derecho de discutir temas queridos, expresa tu identidad de genero o llevar puesto camisetas que expresan tus opiniones. Tu club/ organización de campus el mismo derecho que cualquier otro grupo tiene de traer a oradores invitados, dar fiestas u organizar eventos de orgullo gay. Las universidades publicas no pueden censurar los mensajes LGBT debido al punto de vista o solo porque son “controvertidos”.
La discriminación sexual: En las instituciones que reciben el financiamiento del gobierno federal , incluso muchas privadas, la discriminación sexual es prohibida según la ley federal conocida como el” Titulo IX’. La ley cubre la discriminación contra los estudiantes trans y de genero no conforme y la discriminación de genero. Las universidades también tienen que responder a las violencias sexual contra los estudiantes LGBT. Y puede que requieran residencias de estudiantes del “mismo sexo”, pero los estudiantes trans deben recibir alojamiento según su identidad de género.
El acoso: No tienes el derecho de nunca oír cosas hirientes o penosas, pero tu universidad tiene que responder al acoso tan malo que impide que obtengas una educación. A menudo las universidades tienen sus propias políticas anti acosos que cubren la orientación sexual y la identidad de genero.
Los servicios: Los estudiantes transgéneros deben tener derecho a usar los servicios y otras facilidades especificas para los géneros que son etiquetados con el género con que ellos se identifican. Si tienes problemas, señala a las propias políticas de la universidad, las leyes locales o estatales de la discriminación en la educación o las “ acomodaciones publicas” y/o el Titulo IX. Los servicios unisex son estupendos, pero ¡Nadie deber ser obligado a usar solo aquellos!




