Hay tres tipos de acuerdos 287(g): el Modelo de Ejecución en Cárceles, el Modelo de Oficial de Servicio de Órdenes Judiciales y el Modelo de Grupo de Trabajo.
Oficial de ejecución de órdenes de detención (poderes limitados)
Este tipo de acuerdo permite a ICE capacitar, certificar y autorizar a los agentes de las fuerzas del orden estatales y locales para servir y ejecutar órdenes de detención administrativas de inmigración en personas que se encuentran bajo custodia en la cárcel de su agencia. El gobierno federal creó esta versión del programa en 2019 y a veces se lo denomina "287(g)-lite". Esto se debe a que, en el pasado, requería menos capacitación y delegaba menos responsabilidades a las fuerzas del orden locales.
Modelo de Aplicación en Cárceles (más poder, solo cárceles)
Bajo este modelo, ICE delega ciertas autoridades migratorias a las agencias estatales y locales encargadas de hacer cumplir la ley para identificar a los inmigrantes bajo custodia estatal y local y ponerlos en procesos de inmigración.
Los oficiales de correccionales en las cárceles locales, bajo la supervisión de ICE, son facultados por el gobierno federal para interrogar a las personas bajo su custodia sobre su estatus migratorio y canalizarlas hacia el proceso de deportación. Los acuerdos de aplicación en cárceles 287(g) colocan la aplicación de la ley de inmigración en el centro de las cárceles locales, asignando a los oficiales de correccionales deberes para los que no están bien equipados y aumentando la posibilidad de errores y abusos. Estos acuerdos suelen ir acompañados de contratos para alquilar espacio en celdas para detener a inmigrantes en proceso de expulsión o en espera de deportación, lo que permite a los condados lucrarse de la crueldad de la detención de inmigrantes.
Modelo de grupo de trabajo (el de mayor poder)
ICE describe este tipo de acuerdo como un “multiplicador de fuerza” que permite a las agencias policiales estatales y locales realizar arrestos de inmigrantes durante el cumplimiento rutinario de la ley. Este modelo, la forma más amplia y profunda de colusión con ICE, esencialmente convierte a los agentes de policía en agentes de ICE.
El modelo de grupo de trabajo 287(g) se suspendió durante la presidencia de Obama tras una serie de abusos documentados de los derechos civiles asociados con el programa, incluido la caracterización racial, de manera más notoria por parte del sheriff Joe Arpaio del condado de Maricopa, Arizona. ICE resucitó el modelo este mismo año.
La de Reforma de la Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante de 1996 añadió la Sección 287(g) a la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Un acuerdo 287(g) otorga a la policía local la facultad de hacer cumplir la ley federal de inmigración, algo que normalmente no pueden hacer. Estos acuerdos convierten a los agentes locales en agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), lo que fomenta las deportaciones, la caracterización racial y el miedo en las comunidades inmigrantes.
Los recursos policiales locales se gastan mejor invirtiéndolos en programas que realmente mantengan nuestras comunidades seguras, no en alimentar los planes de la administración Trump de deportar a los inmigrantes que contribuyen a nuestras comunidades y nuestra economía.
Un acuerdo 287(g) es completamente voluntario: las fuerzas del orden locales no tienen obligación de participar en el programa ni de aplicar la ley migratoria. Al firmar un acuerdo, una agencia del orden público declara efectivamente su apoyo a un cruel régimen federal de control migratorio.
El programa 287(g) permite a los municipios, condados y agencias estatales del orden público firmar un acuerdo con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE). El tipo de acuerdo especifica las facultades de control migratorio que se otorgan a la agencia local.
En Estados Unidos, todas las personas, sin importar su ciudadanía o estatus migratorio, tienen derechos garantizados por la Constitución. Lea nuestra guía Conozca sus Derechos para ayudar a protegerse a sí mismo y a las personas que le importan.
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